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Como saber si me acreditaron el IVA del Nuevo Prorgama de AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha puesto en marcha el programa «Compre sin IVA» con el objetivo de proporcionar una devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los ciudadanos en la compra de productos esenciales. En su primer día de vigencia, la AFIP ha anunciado la habilitación de un sitio web que permitirá a los posibles beneficiarios verificar si serán elegibles para recibir el reintegro.

Esta iniciativa, establecida mediante la Resolución General N°5418/2023, publicada en el Boletín Oficial, beneficiará a más de 20 millones de personas en Argentina. A partir de esta norma, los trabajadores y trabajadoras que ganen hasta $708.000, monotributistas, jubilados y pensionados que reciban hasta seis haberes mínimos, y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Tarjeta Alimentar o Potenciar Trabajo, recibirán un reintegro equivalente al 21% de sus gastos realizados con tarjeta de débito en alimentos, bebidas e higiene personal.

El programa cubre todos los rubros de alimentos y bebidas e higiene personal, con un límite mensual por persona de $18.800, que se identificará según el CUIL o CUIT. El monto se acreditará automáticamente en la cuenta bancaria del contribuyente dentro de las 48 horas posteriores a la operación. Es importante destacar que no será necesario realizar ningún trámite, ya que la activación del beneficio se efectuará de manera automática.

¿Cómo verificar si eres beneficiario del programa «Compre sin IVA»?

La AFIP ha habilitado un sitio web específico que permite determinar si una persona es beneficiaria del programa. Para acceder a esta información, se puede realizar una búsqueda en Google utilizando la frase «Compre sin IVA – AFIP» y luego hacer clic en «nómina de personas beneficiarias del régimen de reintegros», o ingresar directamente al enlace https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx.

Una vez en el sitio, se debe ingresar el CUIL/CUIT en uno de los cuadros sin guiones ni espacios, y copiar un código de seguridad en el siguiente (el código se proporciona en la misma página y debe copiarse respetando mayúsculas y minúsculas). Luego, simplemente haz clic en «consultar».

Este beneficio del 21% de devolución se aplicará a la compra de alimentos, bebidas e higiene personal en comercios minoristas y mayoristas y no será excluyente de las promociones ofrecidas por las entidades bancarias. Es importante destacar que el esfuerzo fiscal de esta iniciativa no afectará la coparticipación, ya que los recursos provienen de la partida presupuestaria asignada por el Ministerio de Economía.

El programa «Compre sin IVA» beneficiará a más de 2,3 millones de monotributistas, 440.000 trabajadores de Casas Particulares, 7 millones de jubilados y pensionados, y 2,5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH). Además, abarcará a 9 millones de trabajadores en relación de dependencia con salarios inferiores a $708.000, así como a titulares de la Tarjeta Alimentar y del Potenciar Trabajo.

Es importante señalar que estarán excluidos del programa aquellos contribuyentes inscriptos ante la AFIP como autónomos o que estén obligados a tributar el impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales, siempre y cuando su obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.

Carlos Castagneto, titular de la AFIP, afirmó que esta medida representa «la medida más progresiva que podemos tomar en materia impositiva» y que el esfuerzo fiscal se realizará renunciando a otros gastos del Estado.

Guía para recibir el reintegro de «Compre sin IVA»

La AFIP ha reglamentado el programa «Compre sin IVA», que establece un régimen de reintegros del 21% sobre las compras realizadas en comercios minoristas y mayoristas, con un tope máximo de $18.800 por mes.

Este beneficio se aplica a las compras realizadas con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras. También están incluidas las compras realizadas con la «Tarjeta alimentar» y las tarjetas emitidas a beneficiarios del programa «Potenciar Trabajo».

Sujetos beneficiarios:

Serán beneficiarios del régimen de reintegros aquellos sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, que no son excluyentes entre sí:

a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

b) Beneficiarios de Asignaciones Universales por Hijo para protección social.

c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.

d) Trabajadores en relación de dependencia cuyos ingresos mensuales no superen seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

e) Personal de Casas Particulares.

f) Monotributistas, excepto aquellos que obtengan ingresos provenientes de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977.

Comercios:

Los comercios minoristas y/o mayoristas deben estar inscritos ante la AFIP con los códigos de actividad definidos para el programa. Los interesados pueden verificar la actividad económica declarada por el comercio ingresando su CUIT en la «Consulta de inscripción».

Exclusiones:

Estarán excluidas del régimen de reintegros las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única, así como los trabajadores autónomos.

Con el lanzamiento del programa «Compre sin IVA», la AFIP busca aliviar la carga económica de los ciudadanos y promover el acceso a productos esenciales en un contexto de desafíos económicos.

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